Eutanasia en Italia: se da el primer paso hacia la introducción del “suicidio asistido”

Nelson Santillan

Texto de la entrevista con el periodista Giuseppe Brienza difundida el 28 de julio de 2025 en el marco de la columna de Facebook «Houston ¿tenemos un problema?«, de Rosa Grazia Pellegrino

 

El suicidio asistido llevado a cabo el 21 de julio en Perugia (Italia), en el domicilio de la periodista Laura Santi, «consejera general» de la asociación pro-eutanasia «Luca Coscioni«, reabre un debate que se desarrolla en Italia desde hace décadas. ¿Qué ha ocurrido en los últimos días?

En primer lugar, permítanme resumir las diferencias sustanciales entre la eutanasia y el suicidio asistido. En primer lugar, mientras que la eutanasia no requiere la participación activa de la persona que la solicita, el suicidio asistido sí, porque exige que el enfermo tome el fármaco letal de forma autónoma (por así decirlo). En segundo lugar, la eutanasia requiere la acción directa de un médico, que administra un fármaco generalmente por vía intravenosa, mientras que en el suicidio asistido el papel del médico se limita a la preparación de la «droga» que luego el enfermo tomará por su cuenta (por así decirlo). En general, se considera que ambas prácticas están unidas por el resultado final, es decir, la muerte, y sobre esto no hay historias, pero también por la voluntariedad de la petición, y sobre esto el discurso se alargaría porque en fases graves o «extremas» de cualquier enfermedad está todo por verificar la capacidad de «autodeterminación» de la persona.

Cartel del programa Houston tenemos un problema, de Rosa Grazia Pellegrino, emitido en Fecebook el 28 de julio de 2025

En cuanto a Laura Santi, cuya muerte fue por suicidio asistido, los grandes medios de comunicación nos hicieron saber que su marido, Stefano Massoli, en los últimos momentos de su vida, le habría dicho «que se sintiera libre de irse«, es decir, de suicidarse. En el Occidente hedonista de hoy, el amor sufre evidentemente la dinámica de un individualismo que tiende a reducirlo todo al consumo, incluso los cuerpos y las propias personas. Amar, en cambio, significa entregarse libremente y desear que el otro exista, pero no como proyección de nuestros deseos, sino como persona distinta pero en comunión con nosotros, con sus propias necesidades, preferencias e incluso limitaciones. En la propia definición del amor está el deseo de que el otro exista («deseo-altruista»), ya que implica el reconocimiento de la importancia fundamental del otro en nuestras vidas, de lo contrario no podríamos ni siquiera hablar de amor entre dos personas. La «deseo-individualista» (o «deseo-consumo»), en cambio, implica que el otro sólo existe en relación con la satisfacción de nuestras necesidades, con la atracción que sentimos por él o ella, pero, como sabemos, si una relación se limita exclusivamente a dar y recibir, a la atracción, sobre todo física, dura poco… Mientras que la atracción es a menudo un sentimiento superficial, el deseo de que el otro exista implica un vínculo más profundo y duradero, es decir, el amor. Dicho esto, entendemos que quien ama nunca puede desear que el otro muera antes de tiempo, antes de que haya llegado su hora…

La periodista italiana Laura Santi (1975-2025) con su marido

También desde el debate y la campaña de los últimos días, ¿cómo están cambiando los términos de la cuestión sobre la introducción de la eutanasia en nuestro ordenamiento jurídico?

Han cambiado, en primer lugar, por la forma en que se nos presenta el amor, transfigurado en su opuesto exacto, a saber, el intercambio utilitario e individualista, que implica lógicamente el deseo o la no oposición a la muerte o al suicidio de aquel a quien se dice amar… En segundo lugar, han cambiado porque, mediante un conformista o cómodo copiar y pegar, en la mayoría de las redacciones se dan por sentadas expresiones ideológicas y carentes de todo sentido. Como aquella, por ejemplo, según la cual esta pobre mujer enferma de esclerosis múltiple habría «elegido» realizarse la autoinfusión que la llevaría a la muerte, mientras que el suicidio nunca es una elección. O aquella según la cual Santi habría ejercido «el derecho al suicidio asistido«, a pesar de que un derecho al suicidio no existe, ni podría existir nunca (en términos filosóficos, ya que la vida es un bien inalienable), ni existe en la práctica el derecho positivo en nuestro ordenamiento jurídico en la actualidad.

Manifiesto de la Asociación Italiana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (Aisla)

El marido de Laura Santi declaró que siempre había estado al lado de su mujer y que quería continuar, ahora que ella ha muerto, «su batalla«. ¿Qué significa eso en su opinión?

Conviene recordar que la SLA, aunque no con este nombre, se describió por primera vez en Francia hace más de siglo y medio, en 1869. ¿Cómo es posible entonces que hasta ahora nadie haya emprendido esta «batalla»? ¿No será ahora que hay algún interés económico en juego? Entonces, en Italia, según informa la Asociación Italiana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (Aisla), se calcula que hay unas 6.000 personas que padecen SLA, por lo que se trataría de una «batalla» que concierne al 0,01% de la población. Sin embargo, si ampliamos nuestra mirada y desde la cultura de la muerte asumimos la perspectiva de la cultura de la curación (o de la vida, si se quiere), deberíamos interesarnos por la continuación de la investigación para curar esta terrible patología neurodegenerativa, dado que, según eminentes estudiosos como el Prof. Vincenzo Di Lazzaro, Director de la Unidad de Neurología del Policlínico Universitario Campus Bio-Médico de Roma, «debemos ser cautos pero los resultados son prometedores». Por tanto, la «batalla» que hay que librar es más bien la de dar esperanza a los enfermos y a sus familias, luchando para que la investigación siga adelante y logre resultados importantes, como ocurrió en el pasado con otras enfermedades para las que la muerte se daba por segura. Si, por el contrario, quisiéramos «cortar el problema de raíz», en el sentido de eliminar a los enfermos, ahora por su «elección» (inducida), mañana por la de otros (de todos modos, siempre sucede así), es automático que la investigación ya no tendría motivación ni financiación para continuar. Y resulta paradójico que se invoque una ley sobre el suicidio asistido en la onda emocional de un enfermo de SLA justo en el momento en que «hemos entrado», declaró recientemente el Dr. Nicola Ticozzi, coordinador del Grupo de Estudio de las Enfermedades de las Neuronas Motoras de la Sociedad Italiana de Neurología (Sin), «en una nueva era» para el diagnóstico y el tratamiento de esta enfermedad.

«La esclerosis múltiple debe seguir siendo una prioridad sanitaria nacional«, suplicó el profesor Alessandro Padovani, presidente del Sin, quien hizo un llamamiento a las instituciones y asociaciones para que garanticen un diagnóstico a tiempo, terapias avanzadas y estándares homogéneos de atención en todo el país, ¡en lugar del suicidio asistido! La «batalla», en definitiva, no debe ser la de procurarse y administrarse o que le administren «fármacos» letales, ¡sino la de ser asistido! En efecto, un enfermo de SLA es hospitalizado por término medio varias veces durante sus cuidados, pero luego regresa casi siempre rápidamente a su domicilio, donde se calcula que pasa enfermo entre el 90 y el 95% del tiempo. Esto puede ser positivo, pero también problemático cuando puede suponer una menor cantidad y/o calidad de la asistencia técnico-hospitalaria prestada y, por tanto, cargas -incluida la asistencia/administración farmacológica- que se «descargan» íntegramente sobre la familia o sobre las personas que permanecen con el paciente. Se habla mucho de salud pública y, por tanto, la integración hospital-territorio para los enfermos de SLA también debería ser real y no quedarse en un mero principio abstracto. Además, las asociaciones especializadas, sobre todo la citada Aisla, llevan años señalando que también existe un enorme problema en relación con los centros residenciales (Rsa), porque muchas veces carecen de las capacidades asistenciales para acoger a personas con SLA en fase avanzada y, por tanto, las familias se quedan solas en momentos tan delicados. ¿No deberían ser estos los «derechos civiles» a reclamar por pacientes y familiares?

Monumento a las víctimas del programa de eutanasia del régimen nazi Aktion T4 en Hamburgo

Según leemos en la página web de la asociación «Luca Coscioni», a pesar de todas sus dificultades y dolores, Laura Santi continuó incansablemente hasta el último minuto de su vida «luchando como activista política». ¿Tiene esto algo que ver con el Ddl que se debate actualmente en el Parlamento sobre el final de la vida y con la reciente ley aprobada por la Región de Toscana sobre el tema?

Por supuesto, en primer lugar consideraría la Región gobernada desde hace años por el Partido Democrático (PD), que fue la primera en Italia en regular la materia el pasado mes de febrero: con sus disposiciones, definió el procedimiento por el cual las Asl (autoridades sanitarias locales) están autorizadas a administrar «fármacos» letales a los pacientes que lo soliciten, siempre que cumplan los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional. El ‘gobernador’ de la Toscana, Eugenio Giani, dijo que se había movido para llenar el vacío normativo determinado por el Parlamento, que nunca había legislado sobre el tema a pesar de la invitación hecha por el propio Tribunal con la sentencia de 2019 conocida como ‘sentencia Cappato’, llamada así por el tesorero de la Asociación ‘Luca Coscioni’, promotora, además, del Congreso Mundial por la Libertad de Investigación y de la campaña Eutanasia Legal. A partir de ese año, el suicidio asistido en Italia es «legal»: sin embargo, los pacientes deben cumplir ciertos requisitos: (a) irreversibilidad de la patología, (b) presencia de sufrimiento físico o psíquico, que el paciente considere intolerable, (c) dependencia del paciente de un tratamiento de soporte vital, (d) capacidad del paciente para tomar decisiones libres y conscientes.

En la reunión del Consejo de Ministros del 9 de mayo, el Gobierno de Meloni tuvo que impugnar la ley de la región de Toscana sobre el final de la vida porque, si con otra sentencia de 2024 el Tribunal Constitucional había «concedido» de hecho de forma cuestionable a las regiones la posibilidad de regular el suicidio asistido dentro de los límites de la sentencia de 2019, seguía siendo necesario, según el Tribunal Constitucional, que se aprobara una ley estatal, que se está definiendo actualmente. El esfuerzo mediático de Cappato y los radicales de la asociación ‘Luca Coscioni’ en los últimos días ha tenido como único objetivo presionar para la aprobación de esta última ley, ya que tras un litigio de más de dos años con la autoridad sanitaria de Umbría, que había emprendido acciones legales solicitando el rechazo de la solicitud de suicidio asistido de Laura Santi, el Tribunal de Perugia había ordenado a la AUSL Umbría 1 que emitiera una resolución definitiva para el acceso al suicidio ‘médicamente asistido’.

Ya el 22 de mayo de 2025, por tanto, Laura Santi podía, siempre y cuando «decidiera» proceder, acceder al suicidio asistido. Dos meses después, el 21 de julio mencionado, Santi pudo así proceder de forma completamente «legal» a la autoadministración de la «droga» letal, en su propio domicilio y sin ningún tipo de «desobediencia civil». Eso sí, en soledad, ya que su marido, según su propia declaración, saldría de la habitación para ‘liberarla’. Como ‘activista política’, Santi se comportó también tras su muerte, haciendo que Stefano Massoli publicara en Facebook el 23 de julio de 2025 su llamamiento público en el que, comenzando con las inquietantes palabras ‘cuando veáis este vídeo ya no estaré aquí’, define el texto básico sobre el final de la vida aprobado en el Senado como ‘un proyecto de ley verdaderamente ominoso’, que no pretende regular el suicidio asistido sino ‘excluirlo’, pidiendo así a los parlamentarios que ‘lo rechacen’.

Después de casi un siglo desde la infame película de propaganda nazi «Yo acuso», de 1941, seguimos aquí preguntándonos si es correcto que el Estado mate a los enfermos que lo piden. ¿Qué debería enseñar la triste historia del pasado a los legisladores de hoy?

En primer lugar, que la historia se repite, siempre… Pensemos, por ejemplo, en las declaraciones del marido de Laura Santi, según las cuales «cuando se empieza a sufrir la vida ya no tiene sentido ni dignidad, seamos libres«. Al fin y al cabo, como ha difundido ampliamente la asociación «Luca Coscioni», incluso para este último «merece la pena vivir, pero hay que decidir cuándo«. Pero cuidado, como enseña la historia, si pones a disposición del individuo un bien tan poco disponible como la vida, cuando la economía, la política o la ideología lo exijan, serán estas últimas las que impondrán o inducirán la «libre» decisión de suicidarse a todos aquellos que lleven (en su opinión, claro) una vida indigna de ser vivida. Esto fue precisamente lo que ocurrió en la Alemania nazi antes y después de la «interrupción» en agosto de 1941 del programa de eutanasia Aktion T4, pero de esto hablaremos dentro de un momento.

Cartel de la película nazi de propaganda pro-eutanasia »Yo acuso» (1941)

De hecho, me gustaría volver a su pregunta y a las palabras de la Santi y su marido que acaba de citar, porque son las mismas que las producidas por la filosofía individualista y de muerte de Io accuso (Ich klage an), la conocida película de 1941 dirigida por el director nazi Wolfgang Liebeneiner (1905-1987), desde 1943 director de la productora y distribuidora cinematográfica alemana «UFA» a las órdenes de Joseph Goebbels (1897-1945), el tristemente célebre ministro de Propaganda del Tercer Reich de 1933 a 1945. Por cierto, Liebeneiner murió a los 82 años, en Viena, tras una larga enfermedad, pero nunca se pensó en «sacarle de su miseria» antes de tiempo…

Es inquietante cómo la protagonista de la película, Hanna, es una enferma de SLA, y el curso de su enfermedad se presenta con un rápido, progresivo e inexorable deterioro sintomático. Es lógico que sea así, ahora como entonces, para apelar a la emocionalidad de una masa acrítica (en 1941 la de la mayoría de los espectadores alemanes tras 10 años de propaganda martilleante del régimen nazi), hacia decisiones políticas ya tomadas… Y es lógico cómo la persona cercana a Hanna, Heyt, después de intentar en vano identificar el agente patógeno de la SLA (=confianza ahora como entonces en la investigación científica), tras una fuerte crisis respiratoria de la enferma, para «no hacerla sufrir» le da una mezcla de morfina y pulpa y la adormece. Caritativo, ¿no?

La indecente película rodada por Liebeneiner a las órdenes del ministerio de propaganda de Goebbels fue incluso presentada (pero no premiada) en el 9º Festival Internacional de Cine de Venecia en 1941, ¡imagínense a qué condicionamiento colectivo había llegado! Sobre todo porque la película estaba claramente destinada a justificar un programa específico, el proyecto Aktion T4 (también conocido como programa de eutanasia), un plan de exterminio en virtud del cual muchos pacientes considerados incurables iban a ser asesinados sin pedir su consentimiento ni el de sus familias.

Para ser precisos, la película se estrenó en los cines en otoño de 1941, después de que se hubiera interrumpido la Aktion T4 (en agosto), ya que este programa de eutanasia había costado la vida a nada menos que 70.000 personas con discapacidades y/o trastornos mentales, definidas como «vidas indignas«. La interrupción de la Aktion T4 no detuvo los asesinatos, que continuaron, principalmente en hospitales, y el número total de víctimas al final de la guerra rondaría las 200.000 personas. Sin embargo, según el «Informe del Reich» elaborado por el «Servicio de Seguridad del Reich» (SD) en enero de 1942, relativo al estreno de la película, se señalaba que: «La mayoría del pueblo alemán tuvo casi sin excepción [véase la oposición de la Iglesia católica y de algunas confesiones y exponentes protestantes] una reacción favorable«.

La película, gracias a Dios, sigue prohibida en Alemania, ¡pero desde hace algunos años con una considerable dosis de hipocresía! De hecho, incluso aquí, debido a la reciente intervención del Tribunal Constitucional Federal, desde 2020 la eutanasia activa, es decir, la administración de un fármaco letal por parte de un médico, está legalizada por los tribunales. Hasta entonces había sido tratada tranquilamente como un delito pero, gracias a estos «jueces iluminados», ahora puede ser solicitada con apoyo público ¡e incluso por enfermos no terminales! Así que se preguntarán qué tiene que enseñar la triste historia del pasado. Con espíritu provocador puedo responderle: ¡a evitar la hipocresía! Entonces, ¡a los legisladores italianos que hagan todo lo posible para evitar seguir vaciando nuestra democracia con una justicia elitista y unos jueces politizados!

La periodista italiana Laura Santi (1975-2025) como enferma de ELA en silla de ruedas

Si trato de imaginar lo que ocurría en los años 40 en Alemania en estas semanas en las que nuestros parlamentarios hablan de garantizar un final de vida digno sin esforzarse en cambio por trabajar para implantar o incrementar políticas sociales y sanitarias de apoyo a los no autosuficientes, creo que estamos ante un preocupante retorno de la hipocresía…

Estoy de acuerdo y, desde este punto de vista, creo que es fundamental tomar en serio las preocupaciones de todos aquellos (y no sólo de los «activistas políticos») que viven en primera persona graves condiciones de no autosuficiencia. Por ejemplo, Lorenzo Moscon, uno de los cuatro enfermos graves que, diciendo No al suicidio asistido, han pedido ser admitidos a trámite ante el Tribunal Constitucional. Moscon, un joven con una grave discapacidad, en una reciente carta/apelación enviada a nuestros parlamentarios, decía entre otras cosas: «en mi experiencia hospitalaria, que consiste en nada menos que seis intervenciones quirúrgicas a las que he sido sometido, he experimentado lo indefenso, impotente y vulnerable que es un enfermo en una cama de hospital. Y no veo por qué los médicos, dadas las dificultades económicas del sector sanitario en nuestro país, la presión social y la que reciben de los propios centros sanitarios, deben considerarse exentos de la tentación de manipular a los pacientes, empujándoles a pedir la eutanasia».

Lorenzo Moscon, joven enfermo de ELA, promotor de una campaña en Italia contra la eutanasia y el suicidio asistido

En este sentido, observar el «Yo acuso» hoy, comparar nuestras reacciones, nuestras respuestas actuales con las de la mayoría de los alemanes durante el periodo nazi, analizar las estrategias de propaganda y los trágicos resultados del Tercer Reich, debería inmunizarnos contra las manifestaciones mediáticas para aumentar nuestro nivel de conciencia y responsabilidad personal ante el debate actual sobre la eutanasia.

Como última pregunta, le pregunto sobre el Proyecto de Ley sobre el Final de la Vida que el pasado 2 de julio aprobaron definitivamente las Comisiones de Justicia y Sanidad del Senado, ¿qué puede decir en previsión de su tramitación en la Cámara?

La adopción del texto de base del proyecto de ley sobre la «muerte médicamente asistida», llamada genéricamente «ley sobre el final de la vida», no me convence. Este texto, apoyado por los partidos mayoritarios, es el resultado de los trabajos de un comité restringido, compuesto por senadores de las dos comisiones parlamentarias Justicia y Sanidad, cuya tarea consistía en encontrar una síntesis entre las distintas propuestas presentadas hasta ahora en el Parlamento. 

El texto consta de cuatro artículos. El primero se titula «Inviolabilidad e intransferibilidad del derecho a la vida» y afirma que «el derecho a la vida es un derecho fundamental de la persona como presupuesto de todos los derechos reconocidos por la ley«. «La República garantiza la protección de la vida de toda persona sin distinción de edad, estado de salud o cualquier otra condición personal o social«, prosigue.

Cartel del programa Houston tenemos un problema, de Rosa Grazia Pellegrino, emitido en Fecebook el 28 de julio de 2025

El artículo 2 modifica el artículo 580 del Código Penal, que castiga el delito de «incitación o ayuda al suicidio«. Actualmente, se castiga a quienes «determinen a otros a suicidarse«, es decir, induzcan a alguien a quitarse la vida, a quienes «refuercen la intención de otra persona de suicidarse«, es decir, ayuden a convencer a una persona que ya tiene intención de hacerlo, y a quienes «faciliten de cualquier modo su ejecución«, por ejemplo, proporcionando los medios o las instrucciones para hacerlo.

El castigo varía en función del resultado: si la persona se suicida, la pena oscila entre cinco y doce años de prisión. Si, por el contrario, el suicidio no se produce, la pena se reduce (de uno a cinco años), pero sólo si la tentativa causó «lesiones corporales graves o muy graves«.

El proyecto de ley introduce una excepción a la punibilidad prevista en el código penal para quien ayude a morir a una persona. La persona que «facilite la ejecución» de un suicidio no será punible, pero sólo en determinadas condiciones. La persona que quiere morir debe ser mayor de edad, capaz de comprender y estar dispuesta, y su deseo de morir debe haberse formado «libre, autónoma y conscientemente». También debe estar «incluida en la vía de los cuidados paliativos«, ser mantenida con vida mediante tratamientos sustitutivos de las funciones vitales, padecer una patología irreversible y experimentar un sufrimiento físico y psíquico intolerable.

Los cuidados paliativos pretenden aliviar el sufrimiento y mejorar la calidad de vida en las fases avanzadas y terminales de la enfermedad. El artículo 3 del texto básico interviene precisamente sobre estos cuidados, estipulando que deben reforzarse y que las regiones que no lo hagan podrán pasar a la situación de comisionado. Aunque este texto de base recibió el apoyo únicamente de los partidos mayoritarios, mientras que los partidos de la oposición se pronunciaron en contra, no nos parece que pueda considerarse un «compromiso equilibrado» como se dice. Se limita a incorporar las cuatro condiciones establecidas por el Tribunal Constitucional, añadiendo tres más, pero sin excluir que, a través de la jurisprudencia posterior, como ocurrió en el pasado tras la legalización del aborto y la inseminación artificial, la primera y la segunda «apuestas» sean interpretadas extensivamente y, por tanto, acaben saltando por los aires, permitiendo la introducción «bajo la alfombra» de un inadmisible derecho al suicidio asistido. Es cierto que los partidos de la mayoría han impuesto puntos importantes en el texto de base, como la exclusión de un papel directo del Servicio Nacional de Salud en el procedimiento de suicidio asistido y el «paso» central que debe darse a los cuidados paliativos, pero al hacerlo están confiando la aplicación de garantías tan importantes a un sistema, como el de la sanidad pública estatal, que ha demostrado especialmente en las últimas décadas toda su ineficacia y falta de fiabilidad.

¿Por qué, en su opinión, no debería aprobarse finalmente en la Cámara el proyecto de ley sobre el final de la vida?

No debería aprobarse porque, en definitiva, abre un resquicio que, como enseña la experiencia (repito, enseña sobre todo la experiencia de la despenalización del aborto en Italia), conducirá pronto a la transformación de un delito en un derecho y, en una fase posterior, en un deber. Incluso con respecto al Ddl que yo llamaría suicidio asistido, valdría la pena reintroducir un argumento moral relativo al «mal menor», principio esgrimido por algunos para justificar la aprobación del texto fundamental. El principio del mal menor, de hecho, NO se aplica cuando se trata de un mal moral como el suicidio, porque el mal nunca puede elegirse directamente. Más bien, se aplica en el caso de «males materiales», como tener que elegir entre la amputación o, alternativamente, el «mal menor» de tomar medicación pesada de por vida. Así pues, ciertamente, invocar una ley en virtud del «mal menor» es moralmente erróneo y engañoso. Además, lo que se quiere evitar, a saber, el sufrimiento «intolerable», puede evitarse mediante una buena práctica clínica (cuidados paliativos, planificación compartida de los cuidados, etc.). En última instancia, las peticiones de suicidio deben leerse como lo que realmente son, es decir, cuestiones personales patológicas. Por lo tanto, hay que esforzarse por prevenir cualquier forma posible de tendencia suicida, por ejemplo, concienciando sobre los factores de riesgo de la depresión, promoviendo públicamente las asociaciones y los grupos de autoayuda especializados que trabajan para apoyar a los enfermos y a sus familias cuando se trata de enfermedades crónicas o discapacidades graves, ¡pero la cuestión de la «socialización» del suicidio asistido no debería plantearse en absoluto! De hecho, tanto en el caso de los enfermos de SLA como en el de cualquier otra persona que pueda verse afectada o condicionada por la fragilidad psicológica que padece, no se debe dar rienda suelta a los pensamientos suicidas, ¡al contrario!

Que la asociación «Luca Coscioni» o los individualistas y «libertarios» de diversa extracción no esperen más que casos de fuerte impacto emocional como el de Laura Santi para justificar sus peligrosísimos designios es comprensible, ¡pero no se puede admitir el silencio o la aquiescencia de quienes con ello ponen en peligro a los miembros más frágiles de nuestra sociedad!

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